Dos muertes sin debate

A Lucas Carrazco lo mataron en 2014, tras un partido de fútbol que terminó en un incidente con la policía mendocina. Su madre, la única querellante en la causa, se suicidó y aún no se sabe qué pasará con el juicio.

caso lucas carrazco

Un juicio que en el medio se queda sin quien lo impulse, no es una situación que esté contemplada por la ley argentina. No es una situación común, pero puede pasar que solo una persona esté en condiciones de hacerle frente a un proceso judicial, donde el dolor y la burocracia son moneda corriente. Ante la ausencia inesperada de un querellante, la causa se llena de dudas y postergaciones.

Una de esas personas fue Viviana Espina, quien se puso al hombro la causa por el asesinato de su hijo, Lucas Carrazco (22), ocurrido el 16 de marzo de 2014 en el Hospital Central de Mendoza, tras ser herido en la cabeza por el policía Diego Guzmán, cerca del estadio de Independiente Rivadavia donde se jugaba un partido de fútbol con Instituto de Córdoba.

Después de casi tres años de pedir justicia, el cuerpo de Espina fue encontrado el pasado 15 de julio bajo un árbol en un parque de la ciudad de Guaymallén. En su ropa, había una carta en la que decía que iba a quitarse la vida para estar con su hijo.

Espina era la única querellante en la causa. “Si bien los demás familiares podrían haberlo sido, solo ella se constituyó en su momento, por ser la única con la fuerza necesaria para hacerlo”, dijo Lucas Lecour, uno de los abogados de los Carrazco-Espina y presidente de la asociación de Derechos Humanos Xumek.

Lecour explicó que una persona puede constituirse como querellante particular hasta la elevación a juicio, tal como lo establece el artículo 104 del Código Procesal Penal de Mendoza. Es decir, una vez terminada la etapa de la instrucción, que es cuando se reúnen las pruebas. La causa de Lucas Carrazco ya fue elevada a juicio, por lo que en este momento no habría posibilidad de una nueva constitución. El abogado agregó que así se procede en casi todas las provincias, siguiendo la letra del artículo 90 del Código Procesal Penal de la Nación.

Para Lecour, es el primer caso en Mendoza en el cual una causa se queda sin querellantes. El abogado afirmó que tampoco había encontrado jurisprudencia de casos similares a nivel nacional. En ese sentido, el escrito que presentó ante la Segunda Cámara del Crimen resulta inédito.

“Lo que hemos planteado es la continuidad de la querella a través de sus hijos y de su esposo, como herederos de Viviana. Es una acción penal que se transmite como sucesión”, señaló Lecour. Si no prospera, el letrado aseguró que el caso seguirá igual.

La jurisprudencia entiende que la persecución penal es cuestión del Estado y que cuando los particulares pueden hacerlo es una excepción. En el caso de un delito de acción pública, el que detenta la acción penal es el fiscal y los casos son impulsados por él, por más que no haya querellante.

No obstante, el abogado Ariel Omar Belda Palomar, autor del artículo “Introducción a la figura del querellante en el proceso penal”, destacó el mayor protagonismo que ser querellante le da a la víctima, ya que su aporte hace que la persecución penal sea más eficaz a través del “control del órgano estatal que la realiza y del ofrecimiento de pruebas que, quizá, conoce mejor que nadie”.

El debate oral y público sigue suspendido, hasta tanto el tribunal decida sobre la participación de la familia Carrazco. Para Lecour, ya sea de su parte o de la defensa de Guzmán, habrá interposición de recursos. “No va a haber juicio en lo pronto”, opinó el abogado. Mientras tanto, el caso de Lucas sigue impune, y la muerte de Viviana es otra cuenta pendiente para la justicia.

La muerte de Lucas

El viernes 14 de marzo de 2014, Lucas Gastón Carrazco (22) fue al estadio Bautista Gargantini, en la ciudad de Mendoza, a ver el partido de fútbol entre Independiente Rivadavia e Instituto de Córdoba que se había reanudado tras un corte de luz. Tras un incidente entre efectivos de Infantería y algunos hinchas, Lucas resultó herido en la cabeza por el impacto de un gas lacrimógeno disparado por el policía Diego Guzmán. El joven fue trasladado al Hospital Central y murió dos días después.

El 28 de julio de 2016 se inició el debate por homicidio culposo. Después de dos audiencias, el proceso se suspendió por quince días y no se reanudó ante la enfermedad de uno de los jueces, José Luis Valerio. Ese hecho fue cuestionado por el abogado de los Carrazco, Lucas Lecour, ya que luego se supo que Valerio continuaba dando clases en la Universidad Nacional de Cuyo.

El juicio fue anulado y se tuvo que formar otro tribunal, dado que el artículo 377 del Código Procesal Penal mendocino así lo dispone cuando la suspensión del proceso dura más de quince días. El pasado 15 de agosto iba a realizarse un nuevo debate que quedó suspendido por la muerte de Viviana Espina, madre de Lucas y única querellante de la causa.